Medio Ambiente
Las actividades previstas en la Ley deberán efectuarse con sujeción a las mejores prácticas científicas y técnicas disponibles, y las normas de seguridad, higiene y protección ambiental aplicables para evitar daños a las personas, a los bienes y al ambiente.
Para evitar o minimizar los efectos indeseables que las actividades humanas pudieran tener sobre el ambiente, es necesario identificarlos junto con sus causas, e imponer limitaciones (regulación) al accionar del responsable. De esta manera se evita que quién aproveche un recurso o bien público traslade los costos y efectos residuales y/o persistentes de su actividad a agentes pasivos o ajenos a ésta, como los propios ecosistemas, o la sociedad misma, tanto en el espacio como en el tiempo.
La creación de leyes, reglamentos y normas ambientales, están orientadas a controlar los impactos negativos que algunas actividades humanas tienen sobre el ecosistema, y a que sus consecuencias sean evitadas o saneadas por el agente causante. En tal sentido, quienes realicen obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, están obligados a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que implique dicha afectación.
Para mayor información sobre el medio ambiente lo invitamos a visitar la página web del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente a través de la siguiente dirección: http://www.minamb.gob.ve/